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ITP en Barcelona: ¿Cuánto se paga al comprar vivienda en 2025?

Posted by Albert Ormad on 14 de abril de 2025
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Si estás pensando en comprar una vivienda de segunda mano en Barcelona o en cualquier punto de Cataluña, hay un impuesto que debes conocer bien: el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este tributo autonómico puede representar una parte importante del coste total de la compra, por lo que es clave entender cuánto se paga, quién lo paga y si puedes acceder a alguna bonificación.

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¿Qué es el ITP y quién lo paga?

El ITP es un impuesto que se aplica cuando se compra una vivienda de segunda mano. En Cataluña, lo paga la persona compradora, y se liquida en los 30 días hábiles siguientes a la firma de la escritura ante notario.

Este impuesto se presenta a través del modelo 600 en la Agència Tributària de Catalunya (ATC), ya sea presencialmente o de forma telemática. Es importante no superar el plazo para evitar recargos o sanciones.

En caso de vivienda de obra nueva, el impuesto que se paga no es el ITP, sino el IVA, que en general es del 10% sobre el precio de venta. Además, hay que abonar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), que en Cataluña es del 1,5%, aunque puede reducirse al 0,5% si se cumplen ciertos requisitos.

¿Cuánto se paga de ITP en Cataluña?

Desde 2025, Cataluña ha incrementado los tramos del ITP, aplicando una tarifa progresiva según el valor del inmueble. Esta medida busca hacer más justo el impuesto para los compradores de viviendas más asequibles.

Precio de la vivienda Tipo de ITP aplicable
Hasta 600.000 € 10%
De 600.000 € a 900.000 € 11% sobre el exceso
De 900.000 € a 1.500.000 € 12% sobre el exceso
Más de 1.500.000 € 13% sobre el exceso

Para calcular cuánto vas a pagar, debes tomar como base el mayor valor entre:

– El precio de compraventa reflejado en escritura.
– El valor de referencia catastral, que puedes consultar en la Sede Electrónica del Catastro.

Por lo tanto, aunque no es lo habitual, si el valor catastral es mayor que el precio de compra, tendrás que pagar el ITP sobre ese valor. 

¿Existen exenciones o bonificaciones al ITP en Cataluña?

Sí, la Generalitat de Catalunya contempla tipos reducidos del 5% y del 7%, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Estos beneficios fiscales están pensados para facilitar el acceso a la vivienda habitual de determinados colectivos.

Casos más habituales con ITP bonificado:

– Jóvenes menores de 35 años con ingresos anuales inferiores a 30.000€ → 5%
– Familias numerosas → 5%
– Personas con discapacidad (≥65%) → 5%
– Familias monoparentales → 5%
– Víctimas de violencia de género → 5%
– Viviendas de protección oficial (VPO) de segunda mano → 7%

Estas bonificaciones se aplican siempre que la vivienda se destine a residencia habitual y no se disponga de otra en propiedad.

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En resumen, al comprar una vivienda usada en Cataluña, el ITP es uno de los impuestos principales a tener en cuenta. Si perteneces a alguno de los colectivos bonificados, podrías ahorrar una cantidad significativa. Y si compras una vivienda nueva, recuerda que en lugar de ITP, pagarás IVA y AJD.

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La tarifa contratada con la gestión integral y cobro del alquiler asegurado, será la que finalmente se acabe alquilando el inmueble.

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